Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 24/09/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : CC-1150-09 N° Sentencia : 0235 Fecha: 24/09/2009
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
ZULAY COROMOTO HERNANDEZ RODRÍGUEZ Y UBLIME RAMON ALCALA GOMEZ
Resumen:
Ahora bien, Conforme al procedimiento establecido en el artículo 185-A del Código Civil, admitida como fue dicha solicitud en fecha 28 de Julio de 2009, se libró Boleta de Citación a la ciudadana Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, dándose por citada en fecha 04 de Agosto de 2.009, constando su citación en autos en fecha 05 de Julio de 2.009, tal como se desprende en autos, no objetando nada al respecto, ni dentro del término legal ni en ninguna otra oportunidad.- Considera el Tribunal que la petición de los cónyuges esta plenamente ajustada a derecho, y que se han cumplido durante el proceso todas las exigencias establecidas en la Ley para que sean procedentes sus pedimentos. En razón a lo establecido en el artículo 185-A que establece "son causales de divorcio: cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por mas de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común...." y de los h.....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
arriba

N° Expediente : CC-1149-09 N° Sentencia : 0224 Fecha: 24/09/2009
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
FRANCISCO ANTONIO PERNIA MARQUEZ Y ANA RAQUEL IRAZABAL GONZALEZ
Resumen:
Considera el Tribunal que la petición de los cónyuges esta plenamente ajustada a derecho, y que se han cumplido durante el proceso todas las exigencias establecidas en la Ley para que sean procedentes sus pedimentos.- Y en razón de los hechos antes expuestos, constando en autos que los cónyuges habiendo contraído matrimonio Civil el Catorce (14) de Mayo de 1.976, y habiéndose separado en el mes de Abril del año 2.001, por lo que de hecho tienen más de cinco (5) años separados hasta la presente fecha, es por lo que este Juzgado administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base en el artículo 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos; FRANCISCO ANTONIO PERNIA MARQUEZ Y ANA RAQUEL IRAZABAL GONZALEZ, plenamente identificados en autos, y por consiguiente disuelve el vínculo matrimonial existente entre ellos, y así se decide.- Regístrese y Publíquese. Déjese copia de .....
Juez/Ponente:
Mirna Marin
Organo:
Juzgado del Municipio Fernando de Peñalver y Piritu
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados