Este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION ejercida por el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE TIAMO TOLEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.231, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada y por los abogados ROSARIO DE LOURDES RIVERO RUIZ y LUIS ALFREDO GARCIA GORDONES, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 133.911 y 53.499 respectivamente, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 29 de Abril de 2.013, por el Juzgado Segundo del Municipio Juan Antonio Sotillo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-