este Tribunal la HOMOLOGA, en los mismos términos y condiciones por ellos descritos, y lo toma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Visto así mismo el pedimento realizado se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 01 de Abril de 2.004, sobre los siguientes inmuebles: Primero: Un inmueble propiedad de Inversiones La Tramoya, C.A., constituido por un local comercial distinguido con las siglas P-24, ubicado en el Nivel Patio, Sector Teatro del Edificio Teatro Ayacucho, situado en la esquina de Padre Sierra y la Bolsa de la calle sur 4, distinguido con el N° 20 (N° de catastro 04-01-21-08), Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital. Dicho local comercial consta del local en sí, tiene un área aproximada de DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (19,68 mts.2) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, con área de circulación; Sur, con fachada sur; Este, c.....