Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda otorgar al penado JUAN CARLOS PERDOMO MARTINEZ, Venezolano, títular de la cédula de identidad N° 13.367.097, el Beneficio de Destacamento de Trabajo, como fórmula de Cumplimiento de Pena con Trabajo fuera del Establecimiento Penitenciario en la Empresa "COMERCIAL SIGLO XXI, C.A..", ubicada en la calle Sucre, N° 8-76, Barrio Sucre, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que preste servicio como Vendedor, sometiéndose a las normas que regulan el presente beneficio y su compromiso personal. Déjese copia, regístrese, notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencias y a la Defensa Pública Dra. Nelmar Contreras y líbrense los respectivos Oficios y Boleta de Excarcelación. Cúmplase.