DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, in limine litis, la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana Aurora del Carmen López de Tenías, asistida por el abogado Carlos Manuel Pedroza Alvarado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.946, contra las decisiones dictadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de fecha 19 de agosto de 2004 y actuación de fecha 07 de septiembre de 2004, realizado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con ocasión al juicio por Ejecución de Hipoteca seguido por el ciudadano Julio Cesar Bravo Villarroel contra el ciudadano José Alberto Tenias Acevedo.
En virtud de la especial naturaleza del amparo.....