De lo expuesto se concluye, que la solicitud del Ministerio Público se encuentra ajustada a derecho y en consecuencia este Tribunal de Control N°. 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: Protección a la víctima OSCARINA DEL CARMEN CUMANA DE INIMA, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 8.296.671, edad 30 años, estado Civil Casada; consistente en a) Patrullaje en la Zona donde residen ubicada CALLE BOLÍVAR, CASA N° 3-33 DEL BARRIO PORTUGAL ABAJO, MUNICIPIO BOLÍVAR, BARCELONA ESTADO ANZOÁTEGUI, y el reporte diario de novedades sobre el estado y permanencia de los funcionarios en el Sector. B) Si el acceso del lugar de residencia lo permite, una vigilancia continua en el sitio más idóneo para ello, c) El apostamiento policial en el domicilio, lugar de trabajo o jurisdicción de la víctima, ello en atención al lugar donde permanezca dicha ciudadana con más posibilidades de ser agr.....