En base a las anteriores observaciones este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR la acción de Desalojo interpuesta por la SUCESIÓN NASIB ABI HASSAN,C.A, a través de apoderado, en contra del ciudadano: ABEL JARJOUR, ambas partes plenamente identificadas en autos. De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte Actora, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio. Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y Déjese copia certificada de la presente decisión.DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez, en la ciudad de El Tigre, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año Dos Mil Seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-