DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio fundamentada en el articulo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, formulada por los ciudadanos ANGEL JOSE HERNANDES Y ADELIS DEL VALLE BURIEL SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 8.269.093 y V- 8.272.295, respectivamente.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil, contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos en fecha 14 de Mayo de 1994, por ante la Prefectura del Municipio Simón Bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui, conforme consta de copia certificada de acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 141, folios n.....