En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa por DAÑOS Y PERJUCIOS, propuesta por WALTER PIZZO ROTONDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 6.847.814, en contra de SURTI HOGAR NEVERI, C.A, inscrita en el Registro Mercantil, de Barcelona, en fecha 28 de mayo de 2010, bajo el Nº 04 Tomo A-19, ubicada en la Avenida Fuerzas Armadas, centro Comercial "Los Hermanos" nivel planta baja, local S/N, sector centro, Zona Postal 6001, con fundamento en la disposición legal antes citada y se ordena devolver los originales consignados en la misma. Así se decide.