En consecuencia y por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 03 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad con fundamento legal en los artículos, 2, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 264, 256 ordinales 8° y 3º y 258 del Código Orgánico Procesal Penal, solicitada por la Abogada JOSEFINA SALAZAR DE GUERRA en su condición de Defensora Privada, suficientemente identificada en actas; del acusado ELVIS PARABABIRE, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de VIOLACION, ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 374 458 y 415 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana AIDA JOSEFINA MEJIAS. Se ordena librar boleta de libertad una vez se haya constituido la fianza y boletas de notificación a las partes y traslado del acusado para el día: MARTES 26 DE MAYO DE.....