Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por DAÑO MORAL, interpuesta por el ciudadano GERMAN JAVIER QUIÑONES TIAPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.270.711, en contra de los ciudadanos JOSE MEDEROS y RICARDO ALFONZO, y la empresa CENTRO MEDICO MARIA INMACULADA, identificado en autos, en consecuencia, se condena a la parte demandada solidariamente al pago de CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.175.000.000,00) equivalente a la moneda actual en CIENTO SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 175.000,00), por concepto de Indemnización de Daño Moral derivado del hecho ilícito a que se contrae este juicio. En caso de que la parte demandada no cumpla voluntariamente, se ordena la indexació.....