El Tribunal visto el Oficio emanado de la Dirección de Catastro de la Alcaldía de este Municipio; así como el oficio PRE Nº 497-2016 de fecha 01 de abril de 2016, emanado de la Presidencia del Instituto Nacional de Tierras (Inti) en el cual se indica la veracidad del Instrumento Agrario, otorgado en reunión Nº 672-15 de fecha 23 de noviembre de 2015, a favor de Agroturística Tesoro, autorizando a los referidos ciudadanos a tramitar ante los órganos administrativos y jurisdiccionales competentes, la Evacuación y Protocolización del Titulo Supletorio sobre las mejoras y bienhechurias de apoyo a la producción fomentadas sobre el predio objeto de la adjudicación; así como también las declaraciones de los testigos antes mencionados. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías antes descrita, a f.....