Seguidamente la Ciudadana JUEZ PASA EMITIR EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: de la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto se desprende que el joven MOISES ESPINOZA, no ha cumplido con la obligación de incorporarse al trabajo al área educativa, así mismo que no ha cumplido con la obligación de entrevistarse con la trabajadora Social del equipo Técnico Especializado. SEGUNDO: De la revisión del Sistema Iuris 2000, se infiere que cursa ante el Tribunal de Control Nº 01 Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal causa signada con la nomenclatura BP01-D-2008-000088, aperturada en fecha 27 de Febrero de 2008, que el sancionado de marras aparece involucrado en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO . TERCERO: De lo expresado en los particulares anteriores que el joven IDENTIDAD OMITIDAha incumplido con las reglas de conducta impuesta por este Tribunal especializado, de alli que no haya alcanzado el objetivo de la sanción como es aprender .....