Por todas las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la oferta real presentada por el ciudadano ALEXANDER RAFAEL LUNA NATERA, debidamente asistido por el abogado JUAN CARLOS GALINDO LUNA, ambos supra identificado.-