Con vista de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de El Tigre, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, por cobro de diferencia sobre prestaciones sociales, incoada por el ciudadano SANTOS EDUARDO GARCIA, en contra de la empresa TRANSPORTE ENIO, C.A. en consecuencia se condena a la empresa demandada al pago de la suma de DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ONCE BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CENTIMOS ( Bs. 2.632.811,67), más aquella que surja con ocasión de la practica de la experticia complementaria que se practicará en los mismos términos y condiciones expresadas en este fallo.