Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, establecidas en el Artículo 256, ordinales 3° y 4º del Código Orgánico Procesal Penal,, a favor del IMPUTADO FRANCISCO JAVIER MONTANA, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº V-15.154.928, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 03-01-1981, de 26 Años de edad, de profesión u oficio Cauchero, hijo de OLIVIA MONTANA, residenciado en Calle Barcelona, Barrio Colombia, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los Artículos 470 y 277 del Código Penal respectivamente, en perjuicio LA COLECTIVIDAD. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Se orden.....