Por los razonamientos antes expuesto este tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: la SUSTITUCION DE LA SANCIÓN DE SEMI-LIBERTAD, que le fuera impuesta al joven IDENTIDAD OMITIDA por el Tribunal Unipersonal de Juicio Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui,, por la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el plazo de 05) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS., al declararlo responsable de la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, tipificado en el articulo 411 del Código Penal en agravio del hoy occiso JACKSON CARREÑO, en consecuencia ordena su egreso de la Unidad de Formación Integral Prof. Antonio Díaz, todo de conformidad con los artículos 647 literal "e" y 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con los artíc.....