Por todas las consideraciones realizadas, este Tribunal de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA CON LUGAR EL PEDIMENTO de la Defensora Pública Novena Penal, Dra. NELMAR CONTRERAS de BATATIN su carácter de representante legal del Acusado de autos; y en consecuencia ACUERDA: a HECTOR ANDRES MOSQUEDA HERNANDEZ, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.223.286, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18 de Octubre de 1.982, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Carmen Cedeño Hernández (v) y Padre Desconocido, residenciado en la Calle Principal, al final Los ranchos de la Orquídea, entrada de la Alcabala del Viñedo, Barrio la Orquídea, Barcelona Estado Anzoátegui la SUSTITUCION de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad por una MEDIDA C.....