DECISIÓN
En mérito de los argumentos de hecho y derecho precedentemente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana ROSIBELL NARVÁEZ GONZÁLEZ contra la Fundación UNIDAD EDUCATIVA LEONCIO MARTÍNEZ, ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa demandada cancelar a la accionante la suma total de Bs. 1.851.977,81, por concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, así como los correspondientes intereses sobre la prestación de antigüedad calculados como se ordena en el particular siguiente.
TERCERO: Se ordena que para el cálculo de los intereses de la prestación de Antigüedad, acordados según el particular ant.....