Se dictó sentencia en la presente causa declarandose PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por EDWIM VELASQUEZ, actuando con carácter de Apoderado judicial de la parte demandad la empresa PETROSERVICIOS DE VENEZUELA, CA contra el Abogado VICTOR LUGO ASCANIO en su condición de Juez del Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en relación a el juicio que por Cobro de Bolívares Vía Intimatoria que sigue la empresa TRADERS RENTAL AND SERVICES, CA; contra la empresa PETROSERVICIOS DE VENEZUELA, CA.- SEGUNDO: Remítase el presente expediente al Juzgado Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la oportunidad que corresponda, órgano judicial, que a su vez, deberá notificar lo conducente al juez que conoce de la causa . Así se decide.