Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano, HENRY ARTURO SANCHEZ OROZCO, Venezolano, mayor de edad, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, donde nació en fecha 12-09-77, de estado civil soltero, de Profesión u Ofio Oficinista, hijo de los ciudadanos Henry Sánchez y Gladys Orozco,(ambos vivos), domiciliado en: Calle San Miguel Nro 45, Residencias San Antonio, Barrio La Caraqueña, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Art. 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.- Cúmplase.-