Es de destacar, que no deja de advertir este Organo Jurisdiccional el hecho de que en la mayoría de los casos en los cuales se tiene conocimiento de la muerte de un penado, en forma diligente el Juzgado procede a solicitar el Acta de Defunción a los Registros Civiles de la localidad, sin que se tenga oportuna respuesta, citándose además a los familiares, quienes tampoco colaboran con la consignación de dicho instrumento, por lo que en causas como la que nos ocupa, en la cual existe el Informe que da cuenta de los hechos, debidamente suscrito por un Funcionario Público, aunado al tiempo transcurrido (más de seis años), la entidad del delito, la pena impuesta y otros aspectos relacionados con el conocimiento que tiene el Tribunal, no sólo a través de medios alternos, sino por su percepción mediante la práctica de Visitas Carcelarias en las cuales constata la población penal y las entrevistas a los internos, cuyo conocimiento corresponde al Despacho, los medios de comun.....