En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DE PROCESO a favor del imputado: WILMER JOSE VICENT FIGUERA quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.910.211, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27-01-1975, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, de 33 años de edad, hijo de ADRIAN VICENT (v) y CLIANIS DE VICENT (v), residenciado en la aldea de pescadores, calle 08, casa numero 09, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HURTO DE OBJETOS EXPUESTOS POR LA COSTUMBRE A LA CONFIANZA PUBLICA EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 454, ordinal 8º en relación con el Encabezamiento y Primera parte de los artículos 80 y 82 todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la JOSE MIGUEL REY.....