En consecuencia, en base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: INADMISIBLE IN LIMINIS LITIS, la presente demanda por Acción Reivindicatoria; intentado por el ciudadano FRANCISCO CONDE BALTAR, quien actúa en representación del ciudadano PABLO ESPOSITO MARTIN; contra la ciudadana ROSA EMILIA CHARACOTO, ya identificados.-