El Tribunal declara embargado preventivamente la cantidad de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO, CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 29.549.785,34), de conformidad con el articulo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo, los cuales se encuentran reflejados en el expediente signado con el número BH14L2002000105 de la nomenclatura del Tribunal de la causa y especificado de la siguiente manera: Cantidad consignada en el expediente Bs. 121.251.856,00.- Salario Mínimo: Bs.465.750,00 según gaceta Oficial de la Republica bolivariana de Venezuela número 38371, de fecha 02-02-2006.- y con aplicación del articulo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo. de lo que deduce la cantidad de Bs. 4.657.500,00 que corresponde al excedente de 50 salarios mínimos hasta el equivalente de 100 salarios mínimos y la cantidad de Bs. 24.892.285,34 ., que sobrepasa el excedente de 100 salarios mínimos.