Seguidamente el Tribunal deja constancia que no fue posible llevar a cabo la práctica de la presente medida, en virtud de la imposibilidad de ubicar bienes propiedad de la empresa demandada.- Acto seguido intervienen las co-apoderadas actoras y exponen: Por cuanto fue imposible ubicar bienes que embargar propiedad de la demandada, nos reservamos el derecho de solicitar una nueva oportunidad, a los fines de llevar a la práctica la medida decretada. Es todo.- Seguidamente el Tribunal visto lo solicitado por la parte actora, acuerda fijar nueva oportunidad por auto separado.-