DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos DANIEL ANTONIO RAMOS FUENTES y ROSMELY DEL CARMEN HIDALGO GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº V-14.534.978 y N° 17.409.624, respectivamente, Asistidos por la Abogada LUISA DEL VALLE SALAZAR, de este Domicilio, Inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el N° 195,382.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia. Dada, firmada y sellada en la Sa.....