Vista la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana ZIOMARA JOSEFINA DIAZ ZAMBRANO, donde solicita la revisión de la Obligación de Manutención, este Juzgado lo admite de conformidad con el artículo 523 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, acuerda citar al requerido ciudadano: CARLOS ENRIQUE CUMACHE CONA, en la dirección indicada, a los fines de que comparezca ante este Tribunal, a las 10:00 de la mañana, del tercer día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su citación, a fin de llevar a cabo la conciliación entre las partes o en su defecto dé contestación a la solicitud de aumento de la Obligación de Manutención.. Igualmente se acuerda oficiar a la Ferretería UCHI-HIERRO, a los fines de que informe el requerido labora en esa empresa, cargo que ocupa, sueldo que devenga y tiempo que tiene trabajando en la misma. Líbrese boleta de citación. Líbrese el correspondiente oficio.