Se dictó sentencia Interlocutoria Nº14 en la cual este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, convertido en juzgado Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo conforme al artículo 6, numeral 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales; interpuesto por el ciudadano LUIS MANUEL DÍAZ NOGUERA, contra "la Alcaldía del Municipio Autónomo Maturín del Estado Monagas, del ciudadano Numa Rojas, en su carácter de Alcalde del Municipio Autónomo Maturín del Estado Monagas y de la Empresa Sistema Eléctrico del Estado Monagas y Delta Amacuro (SEMDA), por el cobro del Impuesto Municipal de 6,50% sobre la facturación realizada por la referida empresa.