Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ABSUELVE al acusado ciudadano FRANCISCO JAVIER ROJAS CONTRERAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 17.221.908, natural de Bergantín, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 29/10/83, de 22 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Estudiante en la Misión Sucre de Refinación de Petróleo, grado de instrucción Bachiller, hijo de los ciudadanos Héctor Rojas (V) y Francia Contreras (V), residenciado en la Población de Bergantín, Calle San Miguel, cerca de la Entrada del Cementerio, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui de la comisión de delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 de la reforma Código Penal venezolano, en perjuicio.....