Se acuerda Aperturar el presente proceso a Juicio Oral y Público, en contra del acusado OSCAR ANTONIO GARCIA, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el articulo 376 del Código Penal, con la agravante genérica establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del Adolescente JOSE DANIEL BELLO. Se acuerda las copias solicitadas por las partes. Se ordena a la Secretaria, a remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de los cinco (05) días siguientes. Se deja constancia que en la presente Audiencia Preliminar se dio Cumplimiento a los Principios Generales del Proceso contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la Oralidad, Concentración e Inmediación. Y así se decide.