Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la petición de la Dra. LISBETH FIGUERA en su condición de Abogado de Confianza de YEFRI ALONSO PAREDES, por considerar se le sigue el proceso penal en estado de libertad mediante medidas cautelares sustitutivas de libertad, con un régimen de presentación amplio de cada cuarenta y cinco (45), y que además es suficiente para asegurar las finalidades del proceso, pues es la única garantía que tiene el órgano jurisdicción para garantizar la presencia del acusado al juicio oral y público, así de comparecer ante la autoridad judicial las veces que sea requerido. Asimismo se acuerda oficiar a la ONIDEX a los fines de informar que en fecha 25 de Julio de 2000 el Tribunal Primero de Primera Instancia para el Régimen Penal dejo sin efecto REQUISITORIA Nro.....