En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana PATRICIA JOSEFINA PEREZ ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.902.447, domiciliada en la Av. Río , conjunto residencial Río , edificio 2, apto 2-D, Barcelona, Estado Anzoátegui,asistida por la Defensora Publica Primera del Ministerio Publico ABG. MARIA EUGENIA MURILLO, en contra de el ciudadano ALEXANDER RAFAEL MARCHAN GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.498.901, a favor del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de l.....