Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del Imputado MARIO CELESTINO ALVAREZ CACHARUCO, quien es Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° 14.765.798, nacido en fecha 27/09/80, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Albañil, hijo de los ciudadanos: Mario Álvarez Y Lérida Cacharuco, residenciado en Barrio Bolívar, Calle Lago, Casa N° 05, Barcelona Cerca del Canal de Alirio, Estado Anzoátegui, en virtud de no encontrarse llenos los extremos del artículo 250 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, con fundamento a los principios del debido proceso, afirmación de libertad y presunción de inocencia contenidos en los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivari.....