Es por lo que este tribunal actuando en sede constitucional a los fines de evitar una dilación procesal y de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela: "Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles." (Subrayado del Tribunal), DECLINA el conocimiento de la presente causa y acuerda remitir las presentes actuaciones al Juzgado competente por la materia, Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.-