este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento en lo que respecta a la codemandada PDVSA GAS, S.A.; 2) CON LUGAR la demanda que por Cobro de Mora Contractual intentaron los ciudadanos RAMON CELESTINO GUZMAN, BENITO DE JESUS RINCON HERNANDEZ, PEDRO ISMAEL MAITA, SAMI JOSE SILIANO LARA, RUBEN JOSE DUERTO SOLORZANO, JOSE EMILIANO ORTIZ, ALEXIS RAFAEL MAITA, DANIEL JOSE LÓPEZ BELISARIO y LEONER JOSE REQUENA, ya identificados, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES COMYTEL 5534, C.A., en consecuencia, se condena a ésta última a pagar la cantidad de CIENTO CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs. F. 104.155,17), discriminados así: - RAMÓN CELESTINO GUZMÁN: Bs. F. .....