Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercida por la ciudadana ELIXABEL HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.208.105, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JESUS R. GUZMAN VILLASMIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 99.898, contra el auto de fecha 27 de julio de 2012, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, a cargo del Abogado ALFREDO JOSE PEÑA RAMOS, en el procedimiento de PARTICION DE HERENCIA, propuesto por los ciudadanos ANGELA PEREZ GAMEZ, RONNY ATILIO PEREZ GAMEZ y NURIA SARRIA PEREZ GAMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.432.601, 14.828.523 y 17.720.098, respectivamente en contra de los ciudadanos LEVIS DANIEL PEREZ HERNANDEZ y ELI.....