este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para conocer y decidir la solicitud de ejecución de la Providencia Administrativa N° R-401-13, de fecha 18 de noviembre de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Simón Rodríguez, Freites, Miranda, Monagas e Independencia del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre; mediante la cual se declaró CON LUGAR el reclamo incoado por la ciudadana GERMAYNE RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-13,059.078; representada por su apoderada judicial la abogada EYLING ROJAS HILL, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 73.563; en contra de la entidad de trabajo ASOCIACION COOPERATIVA CONDAZA 119 RL., a cancelar .....