este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral, de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente acción por cobro de Prestaciones Sociales e indemnización por fallecimiento intentada por la ciudadana CRUZ CORNEJO QUINDE, peruana, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad N° E- 81.985.114 y de este domicilio, actuando en su propio nombre y representación de sus menores hijos (Adolescentes) ANA BARBARA y MANUELA MARIA QUINDE CORNEJO, en contra de la Sociedad Mercantil TRANSPORTACION Y SOLDADURAS TECNICAS. S.A. (TRANSOLTESA),
SEGUNDO: DECLINA SU COMPETENCIA para conocer el mencionado caso en Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que corresponda por distribución, en consecuencia .....