Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, ejercida por el Abogado GUSTAVO ADOLFO SANTELIZ FURFAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.998, actuando en nombre y representación de la empresa PROYECTOS INTEGRADORES, C.A., y de los ciudadanos LEONARDO MARAMARA y RICHARD JOSE SALAS GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 9.616.574 y 6.135.594, respectivamente, contra el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con ocasión al juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIO Y DAÑO MORAL, seguido contra la empresa SAFARI MOTORS, C.A.