Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la demanda que por desalojo, hubiere incoado los ciudadanos GONZALO URBINA MORENO Y JOSEFINA MORALES, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.111.047 y V-.10.073.918, en contra del ciudadano HERNÁN DE JESÚS FLAMEZ IRAZÁBAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-14.617.633. Así se decide.
En consecuencia se condena al demandado, HERNÁN DE JESÚS FLAMEZ IRAZÁBAL plenamente identificado, a entregar libre de personas y bienes el local comercial ubicado en la Calle Sucre cruce con calle Santa Rosa, frente a la Plaza Bolívar, Sector La Plaza de Valle Guanape, Parroquia Val.....