Éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declaró CON LUGAR la solicitud formulada por el abogado RODOLFO ROMERO, en su carácter de Defensor Publico Tercero Penal (encargado), en consecuencia se sustituye la medida cautelar sustitutiva de libertad con presentación de fiadores, decretada en Diecisiete (17) Enero de 2017, en contra del imputado ALEJANDRO JHOSUE SIFONTES VARGAS, venezolano, natural de Barcelona, titular de la cédula de identidad Nº 22.866.049, profesión u oficio ayudante de albañilería, domiciliado en Sector Ezequiel Zamora, Calle el Milagro, N 52, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por CAUCIÓN JURATORIA, aunado a la condiciones establecidas en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, presentación cada Treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilaz.....