Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del imputado: YIMMY ANGEL DIAZ GONZALEZ, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 12.914.959, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01-08-1976, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Mecánico, hijo de los ciudadanos Maritza González y Rubén Díaz, residenciado en Calle N° 17, Casa N° 56, El Viñedo, Barcelona, Estado Anzoátegui.; por el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 36 de la Reformada Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hoy artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en pe.....