El Juzgado III de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados KEILA JOSEFINA PONCE MONTANA y RICHARD ALEXANDER LABASTIDA MAYO, por la por la comisión de los delitos de TRATO CRUEL EN GRADO DE CONTINUIDAD, previstos y sancionados en los artículos 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 99 del Código Penal y LESIONES PERSONALES GRAVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, castigado en el artículo 415, en relación con el artículo 424 ambos del Código Penal, en concordancia con los artículos 216, 217 y 218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio de JOSE MIGUEL HURTADO PONCE, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y OCHO MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, de acuerdo al artículo 367 de nuestro Código Adjetivo Penal, en concordancia con el .....