Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Unipersonal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano ROBERTO ANTONIO GUTIERREZ GONZALEZ, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 08/04/1991, de 19 años de edad titular de la Cédula de Identidad Nº 20.764.066, soltero, Hijo de los Ciudadanos: Alexis Gutiérrez y Rosa González, residenciado en el Callejón Morillo, Casa N° 4, Chuparin Central, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui., por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 83 Ejusdem cometido en perjuicio de la ciudadana ROCIO GISELA BRACHO por no haber prueba de la existencia del hecho y no haber prueba de la participación del prenombrado ciudadano en el mismo de conformidad con el artículo 60.....