...este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: JOSE DE LOS SANTOS LUGO VILLARROEL, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.489.955, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, contra la sociedad mercantil CARIBBEAN MARINE MANGEMENT GROUP, C.A., en virtud de la admisión de los hechos acaecidos en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se condena a la demanda a cancelar al reclamante JOSE DE LOS SANTOS LUGO VILLARROEL la cantidad global de TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIEZ BOLIVARES CON 42/CTMOS, (Bs.34.510, 42), por diferencia en los conceptos de prestación de antigüedad, antigüedad adicional, vacaciones, vacaciones fr.....