Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Juan de Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Disuelto por divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano vigente, el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos Rudy Elaine Ron González y Teodoro Salvador Aguana Tonito, anteriormente identificados, contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Boca de Uchire, actualmente Municipio San Juan de Capistrano del Estado Anzoátegui, en fecha 30 de Agosto de 1985, según copia certificada del acta N° 015, anexa a los autos.