En base a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INADMISIBLE la acción de nulidad conjuntamente con medida cautelar, interpuesta por Yeaneth Maria Narváez Salazar, debidamente asistida, contra el Acuerdo dictado por el Concejo Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui que, en fecha 7 de junio de 2007.