Por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 393 del Código Civil, somete a INTERDICCIÓN DEFINITIVA al ciudadano José Rafael Briceño, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº.15.155.733, y en consecuencia, se designa como TUTORA DEFINITIVA a la ciudadana Elvira Del Carmen Mata Briceño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.087.054, quien es su prima; a quien se ordena notificar de la presente decisión.- Así se decide.-
Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Así se decide.
Una vez, firme la pre.....