En merito de lo expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LORENZO ANTONIO GIRON en contra de la sociedad demandada PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA INAVI, C.A. ambos plenamente identificado en autos, por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad demandada PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA INAVI, C.A. a cancelar al demandante ciudadano LORENZO ANTONIO GIRON, la suma de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.9.908.621,54); por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, determinados y especificados precedentemente, sin perjuicio de las sumas que se causen por efectos.....